El caso, en tres datos
- 242 municipalidades del país otorgaron o renovaron licencias a deudores inscritos, entre noviembre de 2022 y diciembre de 2024.
- 3.432 licencias en total, según el Cuarto Consolidado de Información Circularizada de la Contraloría General de la República.
- Diez municipios de la Región de Coquimbo aparecen en el caso: La Serena, Coquimbo, Ovalle, Salamanca, Monte Patria, Punitaqui, Los Vilos, Combarbalá, Illapel y Canela.
Qué obliga exactamente la Ley 21.389
La ley se publicó en noviembre de 2021 y su artículo 1 transitorio fijó la entrada en vigencia del registro para noviembre de 2022. Desde esa fecha:
Consulta obligatoria antes de la licencia
El artículo 33 obliga al municipio a consultar el registro antes de otorgar o renovar una licencia de conducir, y a rechazar la solicitud si la persona figura inscrita como deudora. No es una facultad: es un deber.
El registro alcanza mucho más que la licencia
Estar inscrito también bloquea la renovación del pasaporte, la inscripción de vehículos y bienes raíces, la postulación a beneficios estatales y el acceso a determinados cargos públicos. Además, obliga a retener parte del pago en operaciones de crédito y en la devolución de impuestos.
La inscripción no es automática
El registro se alimenta de resoluciones judiciales. Procede cuando hay tres cuotas consecutivas o cinco discontinuas impagas, y es el tribunal de la causa el que ordena la inscripción, normalmente a solicitud de quien debe recibir la pensión.
Qué hacer si no te están pagando la pensión
El orden importa: cada paso habilita el siguiente.
- Liquidación de la deuda en el tribunal de la causa: fija cuánto se debe, con reajustes e intereses. Sin este número no hay nada que cobrar.
- Inscripción en el Registro Nacional de Deudores, cumplidas las cuotas impagas que exige la ley.
- Retención de remuneraciones directamente al empleador, o de la devolución de impuestos.
- Apremios: arraigo y arresto nocturno, cuando el incumplimiento persiste.
- Retención de fondos previsionales, en los casos y con los requisitos que la ley permite.
Sobre las licencias entregadas irregularmente: el hecho de que un municipio haya incumplido no borra la deuda ni afecta la validez de la pensión. Lo que abre es responsabilidad administrativa del personal municipal involucrado, que es materia distinta de tu cobro.
Preguntas frecuentes
¿Pueden negarme la licencia de conducir por deber pensión de alimentos?
Sí. El artículo 33 de la Ley 21.389 obliga al municipio a consultar el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos antes de otorgar o renovar una licencia de conducir, y a rechazar la solicitud si el solicitante figura inscrito como deudor.
¿Cuándo queda una persona inscrita en el Registro Nacional de Deudores?
Cuando adeuda total o parcialmente tres cuotas consecutivas o cinco discontinuas de pensión de alimentos. La inscripción la ordena el tribunal de la causa, habitualmente a solicitud de quien debe recibir la pensión, después de liquidar la deuda.
¿Qué otros trámites bloquea estar en el registro?
Además de la licencia de conducir, bloquea la renovación del pasaporte, la inscripción de vehículos y bienes raíces, la postulación a algunos beneficios estatales y el acceso a determinados cargos públicos. También obliga a retener parte del pago en operaciones de crédito y en la devolución de impuestos.
¿Cómo salgo del registro si ya pagué?
Se pide el alzamiento al mismo tribunal que ordenó la inscripción, acreditando el pago íntegro de lo liquidado o el cumplimiento del acuerdo de pago aprobado judicialmente. El registro no se depura por sí solo: hay que solicitarlo.
¿Sirve de algo que el municipio haya entregado la licencia igual?
No cambia tu cobro: la deuda sigue vigente y las herramientas de apremio siguen disponibles. El incumplimiento municipal genera responsabilidad administrativa del personal involucrado, que es un asunto distinto del juicio de alimentos.
